El certificado energético cambia el 23 de julio: registro oficial de técnicos y nuevas garantías

El certificado energético será, a partir del próximo 23 de julio, un documento todavía más relevante para los propietarios de viviendas. La entrada en vigor de la modificación del Real Decreto 390/2021 introduce cambios que buscan reforzar la calidad y fiabilidad de las certificaciones energéticas y ofrecer mayores garantías a los ciudadanos, especialmente a quienes necesiten el certificado para vender, alquilar, rehabilitar un inmueble o solicitar ayudas públicas.

Ante esta nueva normativa, el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid quiere acercar a propietarios y profesionales las principales novedades de una regulación que tendrá un impacto directo en el mercado inmobiliario y en la rehabilitación energética de edificios.

¿Qué cambia el 23 de julio?

Una de las novedades más importantes es la creación de un Registro Centralizado de Técnicos Competentes, en el que deberán figurar los profesionales habilitados para emitir certificados energéticos. El objetivo es que cualquier ciudadano pueda identificar fácilmente a un técnico acreditado y tener la garantía de que el certificado ha sido elaborado por un profesional con la formación y competencias necesarias.

La modificación también amplía el número de titulaciones que podrán realizar determinados certificados energéticos. A partir de ahora podrán ejercer como técnicos competentes, dependiendo del tipo de certificación, los profesionales habilitados por la Ley de Ordenación de la Edificación para redactar proyectos, entre los que el arquitecto técnico destaca por su formación específica y su acreditada competencia en materia de eficiencia energética, avalada además por su condición de colegiado.

Desde el Colegio de Aparejadores de Madrid destacan que esta medida supone un avance importante para reforzar la confianza de los ciudadanos en un documento que cada vez tiene más peso. “El certificado energético ya no es solo un requisito para vender o alquilar una vivienda. También resulta imprescindible para acceder a numerosas ayudas a la rehabilitación o beneficiarse de deducciones fiscales, por lo que es fundamental que esté elaborado por técnicos solventes y cualificados”, señalan.

La reforma incorpora además otras novedades relevantes. Entre ellas, la reducción de 10 a 5 años de la validez de los certificados con calificación energética G, la menos eficiente, y la actualización de los documentos oficiales utilizados en la certificación energética, que comenzarán a aplicarse a partir del 30 de septiembre.

La eficiencia energética gana protagonismo

Estos cambios llegan en un momento en el que la eficiencia energética adquiere cada vez mayor importancia. La futura transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) impulsará una transformación progresiva del parque inmobiliario, con edificios más eficientes, menor consumo energético y una mayor implantación de energías renovables. Aunque esta normativa europea todavía no se ha incorporado al ordenamiento español, marcará el rumbo de la rehabilitación en los próximos años, ya que el objetivo europeo es alcanzar un parque edificatorio descarbonizado en 2050 mediante edificios más eficientes, con menor consumo energético y una mayor incorporación de energías renovables.

Para el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, este nuevo escenario también pone en valor la figura del arquitecto técnico colegiado como profesional especializado en la evaluación energética de los edificios y en el asesoramiento a propietarios y comunidades de vecinos.

A través de su Oficina de Rehabilitación, el Colegio acompaña a ciudadanos y comunidades en actuaciones de mejora energética, ayudándoles tanto en la obtención del certificado como en la tramitación de ayudas públicas y deducciones fiscales.

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