Junkers Bosch da las claves para las subvenciones para energías renovables

En España, solo el 21,2% de la demanda final de energía proviene de energías renovables, según informó el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico. A pesar de que este dato supera los objetivos europeos marcados, deja ver que el 78,8% de la energía proviene de no renovables, lo que causa gran daño para el planeta. Por ello, Junkers Bosch da las claves para las subvenciones para energías renovables.

Consciente de que una parte muy importante del consumo energético en el hogar proviene de los sistemas de calefacción y climatización, la Fundación de la Energía ha puesto en marcha un programa de ayudas para facilitar la instalación de equipos de autoconsumo, almacenamiento de energía y sistemas térmicos renovables en la Comunidad de Madrid aprobado a través del Real Decreto 477 en Junio de 2021.

En su continua lucha contra el cambio climático, y su apuesta por la utilización de energías respetuosas con el medio ambiente, Junkers Bosch anima a los hogares españoles a sumarse a este programa de incentivos con la instalación de equipos de producción de energía térmica con fuentes renovables destinadas a la climatización o producción de agua caliente sanitaria, que viene recogido en el Programa de Incentivos número 6 con el nombre “Realización de instalación de energías renovables térmicas en el sector residencial”.

En este sentido, la marca acerca las claves para que las viviendas puedan conocer cómo solicitar estas ayudas y cuáles son los importes de cada subvención para contribuir a la descarbonización de la economía y consolidar la competitividad de este tipo de renovables en el mercado.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo de presentación de solicitudes estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023. A la finalización de dicho plazo de vigencia no serán admitidas más solicitudes.

¿Quiénes podrán ser los destinatarios de la subvenciones para energías renovables?

  1. Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica.
  2. Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales.
  3. Personas físicas que realicen alguna actividad económica.
  4. Comunidades de propietarios.
  5. Entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.

¿Qué actuaciones serán subvencionables?

  • La instalación de tecnologías solares térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas.
  • En el caso de las instalaciones de biomasa para climatización o ACS, deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80 % a fin de que se alcance un «Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos» del 100 %.
  • Como novedad, estas ayudas también podrán destinarse a la rehabilitación de instalaciones solares térmicas con una subvención adicional de 350 €/kW (245 € por metro cuadrado) que se puede sumar a la subvención que se reciba por la instalación nueva.
  • Todas las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención y deberá ser accesible a través de un dispositivo móvil.

Con todo ello, Junkers Bosch sigue apostando por la utilización de energías renovables en las viviendas para contribuir a la protección del medio ambiente y del planeta e invita a conocer los costes subvencionables y ampliar esta información a través de su página web.

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